Caso de uso

En diseño

Arriendos amoblados: una parte afecta y otra no afecta.

Cómo funcionaría un flujo de Factura Pro para administrar propiedades amobladas y emitir cada mes el documento de cada contrato. Es un caso en diseño, descrito con datos ficticios: hoy no puedes configurar flujos.

El problema

Cada mes, por cada contrato, hay que calcular qué parte del arriendo está afecta a IVA y qué parte no, elegir el documento correcto y enviarlo. Con varias propiedades, ese cálculo termina en una planilla aparte que alguien tiene que mantener al día.

Qué dice la ley

  • Art. 8, letra g

    Considera afecto a IVA el arrendamiento de inmuebles amoblados y de inmuebles con instalaciones o maquinarias que permitan ejercer una actividad comercial o industrial. Para calificarlo, los muebles o las instalaciones y maquinarias deben ser «suficientes para su uso para habitación u oficina, o para el ejercicio de la actividad industrial o comercial, respectivamente». El SII precisa los criterios mediante resolución.

  • Art. 17

    En esos arriendos la ley ordena deducir de la renta una cantidad equivalente al 11 % anual del avalúo fiscal del inmueble, o la proporción que corresponda si el arriendo es parcial o por un período distinto de un año. Esa parte no es una exención: es una deducción de la base imponible, y en el documento electrónico se informa como monto exento/no afecto (indicador 1). Si la deducción supera la renta, la parte afecta es cero y no se carga IVA.

  • Art. 12, letra E, N° 11

    El arrendamiento de inmuebles está exento, salvo lo dispuesto en la letra g del art. 8: un inmueble sin amoblar no paga IVA.

Resumen informativo del Decreto Ley 825, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, según su texto vigente en la Biblioteca del Congreso Nacional (versión del 5 de febrero de 2026). No es asesoría tributaria.

Factura Pro calcula la parte afecta y la no afecta según las reglas que configures (por ejemplo, la deducción del art. 17 del DL 825) y tu contador valida la configuración.

Cómo lo resolvería un flujo

  1. Tus datos

    Cada propiedad con su rol, su avalúo fiscal y si está amoblada. Cada contrato con su arrendatario, su renta, su día de cobro y su vigencia.

  2. La regla

    El día de cobro, para cada contrato vigente: si la propiedad está amoblada, separar la parte afecta y la parte no afecta según la deducción que configures (si la deducción supera la renta, la parte afecta es cero y no se carga IVA); si no está amoblada, aplicar lo que definas para los arriendos exentos.

  3. El documento

    Una factura o una boleta, según lo que definas para cada arrendatario, con la parte afecta y la parte no afecta en líneas separadas.

  4. Envío y seguimiento

    Firma, timbre y envío al SII, con cada estado a la vista. Que el SII reciba un envío no significa que haya terminado su validación.

  5. Archivo y aviso

    El PDF queda asociado al contrato y le llega al arrendatario. Si algo cambió, como la renta o la vigencia, el flujo se detiene y te pide revisar.

Qué existe hoy y qué está en diseño

  • En pruebas

    El motor de emisión arma, firma y envía documentos con líneas afectas y líneas exentas o no afectas, desde la web o la API REST. Está probado contra un simulador del SII, todavía sin validez tributaria.

  • En diseño

    El registro de propiedades y contratos, la regla que calcula cada parte y la emisión mensual. Los construiremos después de la certificación.